A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Ramos Pardo Adriana Carolina·Demandado Empresa De Servicios Publicos Del Meta Edesa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ejecución de títulos valores con origen en un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Villavicencio y el Juzgado Séptimo Civil Municipal de Villavicencio.
Dicha controversia se originó respecto del conocimiento de una demanda ejecutiva interpuesta por una ciudadana en contra de la Empresa de Servicios Púbicos del Meta “EDESA S.A.
E.S.P.” por el reconocimiento y pago de 36 facturas emitidas en el marco de la ejecución de un contrato de prestación de servicios celebrado entre las partes.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena aplicó la regla fijada en el Auto 403 del 2021, donde se estableció que “cuando (i) una entidad estatal (ii) incorpore derechos en títulos-valores (iii) en el marco de sus relaciones contractuales, y (iv) quien fue parte en ese contrato (v) la demande para hacer efectivo el pago del derecho incorporado, (vi) la jurisdicción competente será la de lo contencioso-administrativo, (vii) por tratarse de controversias derivadas del contrato estatal”.
Por tanto, la Sala Plena concluye que el juez competente para resolver el presente asunto es el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Villavicencio, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Villavicencio y el Juzgado
- Séptimo. Civil Municipal de Villavicencio, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Villavicencio es la autoridad judicial competente para conocer la demanda ejecutiva promovida por la señora Adriana Carolina Ramos Pardo en contra de la Empresa de Servicios Púbicos del Meta "EDESA S.A. E.S.P."
- SEGUNDO. REMITIR?el expediente CJU-2011 al Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Villavicencio para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Séptimo. Civil Municipal de Villavicencio.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.